De esta forma continúa el cronograma legislativo aprobado y se cumple con lo estipulado por las disposiciones transitorias octava y novena de la Carta Magna las que expresan que el Consejo de Ministro en un plazo de dos años de vigencia de la Constitución, presenta a la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) el proyecto de nuevo reglamento de ese órgano y el de los gobiernos provinciales, en tanto la ANPP en ese mismo lapso de tiempo aprobará el reglamento de las asambleas municipales y su consejos de la administración.
Armando López Montero, intendente del municipio de Camagüey, destacó que ha sido una sabia decisión separar en dos personas la dirección de la Asamblea Municipal (AMPP) y del Consejo de la Administración, aunque este continúa subordinado a la AMPP.
“Con ello los municipios ganan en autonomía para un mejor ejercicio de gobierno y se fortalece la dirección colegiada con los integrantes del consejo de la administración municipal para asegurar de mejor manera el desarrollo económico, social y el vínculo con los electores”, dijo.
Su colega del municipio de Sibanicú Dailín Mendoza Rosabales, destacó el hecho de que se haya puesto a consideración de los Consejo Provinciales estas propuestas de leyes, las cuales se enriquecen con los criterios que pueden emitirse al respecto antes de su aprobación por la Asamblea Nacional.
La ley del Consejo de la Administración Municipal viene a consolidar el trabajo administrativo en cada uno de los territorios y deja claro las atribuciones de cada cual y sus funciones, concluyó. (Texto y fotos: Yamylé Fernández)