La Habana, 14 abr- Las personas naturales pueden exportar e importar a su salida y entrada del territorio nacional sumas que no excedan los cinco mil pesos cubanos en efectivo, cheques, letras de cambio, pagarés u otros instrumentos de pago o títulos de créditos utilizados en la práctica bancaria internacional, según dispone la Resolución 79/2022 del Banco Central de Cuba (BCC).