Procedimiento de Revisión

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  • Escrito de solicitud de Procedimiento de Revisión con un sello de $ 5.00 MN y tantas copias como partes sean, dejando constancia de la fecha de presentación y quien lo recibió.
  • Expediente Registral.
  • Constancia de emplazamiento a todas las partes, las que al presentar su escrito deberán acompañar el sello de timbre de $ 5.00 MN.
  • Nuevas verificaciones e investigaciones realizadas en la que deben constar las prácticas de las pruebas propuestas por las partes.
  • Nuevo parecer del Presidente de la CCS y la Junta Directiva.
  • Nuevo parecer del Presidente de la ANAP a nivel provincial y municipal sobre el procedimiento de Revisión.
  • Criterio del Presidente de la ANAP a nivel nacional.
  • Dictamen Legal sobre la solicitud de procedimiento de revisión, debiendo ser aprobado por el Director o Jefe de Departamento Provincial de Control de la Tierra y el Jefe del Departamento Jurídico. 
  • Criterio fundado del Delegado o Director Provincial de la Agricultura dirigido al Ministro.
  • En caso de contradicción, analizar en la Comisión Agraria Provincial e incorporar copia del acta al expediente o certificación del acuerdo.
  • Resolución del Ministro.
  • Presillar, foliar e indizar los documentos incorporados y actualizar la hoja de trámites.
  • Notificación a todas las partes.
  • Pago en la ONAT si se adjudica la herencia a nuevos herederos.
  • Acta de Inscripción de proceder.

Ratio: 5 / 5

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