Impuesto sobre el Transporte Terrestre: precisiones necesarias

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Popularmente conocido como “pago de la chapa”, el Impuesto sobre el Transporte Terrestre es anual y obligatorio para todos los poseedores de vehículos de motor y de tracción animal.

Su plazo, abierto desde el 1ro de enero, se extiende hasta el 30 de septiembre, pero quienes paguen antes del 28 de febrero reciben una bonificación del 20% por pronto pago.

A quienes no estén aún inscritos en el Registro de Contribuyentes, pero sean poseedores de vehículos, la ONAT los convoca a acercarse hasta sus oficinas, siempre en el municipio de residencia del propietario del medio de transporte, para que formalicen la inscripción del mismo, y cumplan con el pago de este tributo.

A las empresas del sector presupuestado les recomendamos que paguen antes del 28 de febrero. Así aprovechan la bonificación del 20 % y no se afecta el presupuesto del estado.

Este impuesto no sufrió modificación alguna a causa de la Tarea Ordenamiento. Se mantienen las mismas tarifas, y en el caso de quienes debían abonar este tributo en CUC, como es el caso de las empresas que laboran con capital extranjero, por citar un ejemplo, se mantuvo la tasa de cambio de 1x25.

Ratio: 5 / 5

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