Portal Tributario: precisiones necesarias.

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El nuevo Portal Tributario, lanzado por la ONAT para facilitar aún más múltiples trámites y gestiones de los contribuyentes, es una novedad del trabajo de nuestra organización en este 2021.

Se accede a través de la dirección www.onat.gob.cu.

Para registrarse, los contribuyentes deben seguir unos pocos y sencillos pasos, que explicamos a continuación.

Primero debe saber que solo puede registrarse si está inscrito en la ONAT. Esta acción constituye un requisito obligatorio para poder acceder a los SERVICIOS PARA CONTRIBUYENTES del Portal Tributario, pues así se protege la confidencialidad de la información fiscal.

Paso 1

Lo primer que debe hacer es dar clic en el botón iniciar sesión que aparece sobre fondo azul en la parte superior derecha de la página principal.

Inmediatamente se desplegará la ventana blanca que te invita a INICIAR SESIÓN EN EL PORTAL TRIBUTARIO. Una vez aquí comienza el paso 2.

 Paso 2

Aquí sencillamente da clic en el botón azul que dice Registrarse.

Esta operación hará que se despliegue la pantalla REGISTRARSE EN EL PORTAL TRIBUTARIO y justo en ella tiene lugar el paso 3.

Paso 3

Este paso consiste en ingresar los datos que se piden en los campos o espacios correspondientes. Hay campos obligatorios señalados con asteriscos. Si no los completa no puede avanzar.

Primeramente, tendrá que introducir su Número de Identificación Tributaria (NIT), luego el número de 16 dígitos del código de barras de su RC 05, más conocido como carnet del contribuyente. Este número también aparece en su vector fiscal y debe colocarlo sin los guiones.

Hecho esto coloca su teléfono, correo electrónico y una contraseña segura, que deberá confirmar.

Una vez que termine de ingresar los datos correctamente, de clic en el botón de Aceptar.

Y finalmente llega el último paso.

Paso 4

Luego de haberse registrado exitosamente puede iniciar sesión en el mismo botón de la parte superior derecha de la página principal. Entonces coloca su NIT y la Contraseña que seleccionó y dará clic en Aceptar.

Listo. Concluidos estos pasos, que en la práctica son rápidos y sencillos, tendrá acceso a toda la dcumentación necesaria para el ejercicio de su actividad: vector fiscal, la Ley Tributaria, podrá incluso, entre otros servicios, tramitar por ahí sus dudas y consultas. Visítelo: www.onat.gob.cu

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