Transporte terrestre: precisiones necesarias.

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Popularmente conocido como el pago de la chapa, el impuesto sobre el transporte terrestre es obligatorio para todos los poseedores de vehículos de motor y tracción animal, y debe abonarse en el periodo comprendido entre el 1ro de enero y el 30 de septiembre de cada año.

Quienes paguen antes del 28 de febrero, reciben una bonificación del 20 % por pronto pago.

La ONAT les informa que, de no estar inscriptos en el Registro de Contribuyentes, deben presentarse en la oficina de su municipio de residencia, a formalizar su inscripción.

A los poseedores de tractores, remolques y semirremolques, vinculados a las labores agrícolas y forestales, les informamos que reciben un descuento del 50 % del total a pagar.

El impuesto sobre el transporte terrestre, popularmente conocido como “pago de la chapa”, no sufrió modificación alguna a causa de la Tarea Ordenamiento. Se mantienen las mismas tarifas, y en el caso de quienes debían abonar este tributo en moneda libremente convertible, como es el caso de las empresas que laboran con capital extranjero, por citar un ejemplo, se mantuvo la tasa de cambio de 1x25.

Puede contactarnos a través del número de atención al contribuyente, por el 32-25-32-74, desde las 8:00 de la mañana y hasta las 5 de la tarde.

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