En vigor nueva resolución sobre el manejo de los productos químicos peligrosos en Cuba

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Se aclara que para poder hacer efectivo este control, se implementa el Registro Nacional de productos químicos peligrosos y el régimen de licencia ambiental

Autor: Redacción Digital | Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

12 de enero de 2022 10:01:37

Gaceta Oficial

Foto: Tomada de Internet

Un Reglamento para el manejo de los productos químicos peligrosos de uso industrial, de consumo de la población y de los desechos peligrosos entró en vigor este mes de enero, luego de la publicación de la Resolución 253, del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la Gaceta Oficial No. 2 de 2022.

La finalidad de este Reglamento es controlar las acciones de manejo de los productos químicos peligrosos –entendidos como todos los que se utilicen en el país, con excepción de los plaguicidas y los fertilizantes–, y de los desechos que se generan con el objetivo de reducir al mínimo los riesgos que puedan provocar a la salud humana y al medioambiente.

Precisa el documento oficial que para poder hacer efectivo este control se implementa el Registro Nacional de productos químicos peligrosos y el régimen de licencia ambiental para todas las acciones de manejo de desechos peligrosos que se pretendan realizar.

Asimismo, se considera como autoridad competente a la Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental, responsable de habilitar el Registro Nacional y de otorgar las licencias, incluyendo la aprobación y control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos.

La Resolución señala, además, las obligaciones de las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, que son objeto de control por este Reglamento, destacando que deben tomar las medidas necesarias que garanticen la protección y seguridad de la salud humana.

Las solicitudes de registro o de licencia ambiental deben ser presentadas por escrito, en idioma español, y estar firmadas y acuñadas, si es correspondiente, por el máximo representante de la institución que pretenda desplegar cualquier actividad relacionada con el manejo de productos químicos peligrosos.

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