¿Se pueden acordar contratos de trabajo a tiempo parcial?

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http://www.mtss.gob.cu/preguntas_frequentes

Se pueden acordar la concertación de contratos de trabajo a tiempo parcial atendiendo a los requerimientos de la producción y los servicios, con una duración menor a la jornada diaria, en cuyo caso la remuneración es proporcional al tiempo de trabajo, según lo previsto en el artículo 27 del Código de Trabajo.

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