Regulaciones urbanísticas: Categorías de intervención arquitectónicas

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- Mantenimiento: Consistirá en reparaciones menores, pintura y/o limpieza según el caso. Se aplicará en sus diferentes grados en edificios que posean un bajo grado de deterioro y en el que no sea necesario otro tipo de intervención más profunda.

- Consolidación: Consistirá en acciones constructivas necesarias para conservar la estabilidad estructural del edificio, de una de sus partes o de elementos decorativos que lo integran. Se aplicará en edificios que estén en peligro de perderse completa o parcialmente, hasta que puedan restaurarse o como parte del proceso de restauración.

- Restauración: Consistirá en acciones constructivas de carácter excepcional. Tiene como fin conservar y revelar los valores estéticos o históricos de un monumento y se fundamenta en el respeto hacia los elementos antiguos y las partes auténticas. Se detiene en el momento en que comienza la hipótesis, más allá de todo complemento reconocido como indispensable, se destacará de la composición arquitectónica y llevará el sello de nuestro tiempo. La restauración estará siempre precedida y acompañada de un estudio arqueológico o histórico del monumento. Se aplicará obligatoriamente a edificios de grado de protección 1 y preferentemente a los de grado de protección 2.

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