Sellos del timbre electrónicos por Transfermóvil, en correos y pagados en efectivo en notarías y bufetes colectivos.

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Los sellos del timbre para los trámites del registro civil y notariales, al igual que los tributarios, pueden pagarse a través de la nueva versión V.1.221220 Transfermóvil, obtenerse por vía electrónica en las oficinas de la empresa de Correos de Cuba, ECC, o pagarse en efectivo en notarías y bufetes colectivos.

Estas nuevas alternativas habilitadas para que los ciudadanos cuenten con varias vías para acceder a las especies timbradas y pagar el Impuesto sobre Documentos que grava los trámites en el territorio nacional, son el resultado del trabajo conjunto realizado por el Ministerio de Comunicaciones, MINCOM; la empresa de Comunicaciones de Cuba, ETECSA; la Empresa de Correos de Cuba, ECC; el Ministerio de Justicia, MINJUS y la ONAT, en la búsqueda de soluciones ante el déficit de sellos existente en el país.

No obstante, dichos organismos y otros involucrados en la tarea, continúan laborando en la identificación de nuevas variantes de pago de este tributo, establecido en la Ley No.113 del Sistema Tributario y modificado por el Decreto Ley 21 de 2020 que, en su Anexo Único, introdujo variaciones al Anexo 4 de la ley que establece los tipos impositivos o cantidades a pagar por los documentos que tramitan las diferentes instituciones y organismos del país. (Dé clic sobre el texto destacado en azul para acceder a las legislaciones)

El Pago de los sellos por la nueva versión de Transfermóvil

Según ETECSA, esta nueva versión V.1.221220, que ya puede descargarse desde nuestro portal en la sección Descargas, permite que todos los usuarios de la popular APK– que ya son 3 millones–, paguen los sellos por la operación Pagar ONAT (de los bancos Popular de Ahorro, BPA y de Crédito y Comercio, BANDEC) o Pagar Impuestos (del Banco Metropolitano, BANMET).

Su principal novedad consiste en que ahora se mostrarán tres opciones de pago a seleccionar. Las ya existentes habilitadas por la ONAT Pago mediante vector fiscal (RC-04 A) y Pago mediante NIT o Carnet de Identidad, para aportar los sellos correspondientes a los trámites tributarios de Inscripción en el Registro de Contribuyentes y las Certificaciones fiscales y una nueva denominada Sellos del Timbre, por la que será posible abonar las especies timbradas para los del registro civil y los notariales, pertenecientes al MINJUS.

Próximamente la ONAT publicará un tutorial que explicará cómo realizar el pago del Impuesto sobre Documentos por la APK.

Además, las personas que aporten los sellos mediante esta aplicación se benefician con un descuento del 3% del importe a pagar por utilizar esta vía de pago.

Los sellos por vía electrónica a través de la Empresa de Correos de Cuba

La posibilidad de obtener los sellos por vía electrónica a través los establecimientos de correos se implementa para los ciudadanos que no son usuarios de Transfermóvil.

Estas personas pagarán en efectivo las estampillas requeridas para el pago del impuesto, por los trámites propios de las instituciones anteriormente mencionadas y recibirán a cambio un código electrónico asociado a su carnet de identidad, que será la constancia de que los sellos fueron pagados digitalmente y pueden utilizarse por el propietario de dicho carnet.

El pago efectivo en bufetes y notarías

Las personas pueden pagar los sellos en efectivo en los bufetes y notarías, según la resolución 685 de 2022 del MINJUS, publicada en Gaceta Extraordinaria 86 de 2022.

La norma dispone que los registradores, notarios y funcionarios públicos encargados de la prestación de servicios gravados con el impuesto, acreditan el pago virtual mediante Transfermóvil, con el número del documento de identidad oficial del usuario.

Igualmente estipula que lo pagado por concepto de este impuesto, las instituciones deben ingresarlo al Presupuesto del Estado por el párrafo 0730122 establecido para este tributo en el vigente Clasificador de Recursos Financieros del Presupuesto.

En la noticia titulada: Autoriza MINJUS cobro en efectivo y electrónico de los sellos del timbrepublicada en este portal puede enterarse de más detalles. (Dé clic sobre el nombre de la noticia destacado en azul para visualizarla)

Los trámites que aún no aceptan sellos pagados electrónicamente.

No podrán pagarse aun electrónicamente los sellos que se exigen para los trámites del carnet de identidad, ni los migratorios pertenecientes al Ministerio del Interior, MININT pues este organismo está trabajando aún para habilitar sus servicios por estas variantes y se incorporará próximamente.

En igual situación están los de la vivienda, los exigidos por la Oficina de Atención al Consumidor, Oficoda; los del Registro de vehículos, las solicitudes de licencia de conducción, las Certificaciones del Registro de Tenencia de la Tierra que otorga el Ministerio de la Agricultura y el resto de los incluidos en el mencionado Anexo 4 modificado por el Decreto Ley 21 de 2020, los cuales irán incorporándose gradualmente cuando se hayan creado las condiciones para ello.

Para estos casos continuarán utilizándose las tradicionales estampillas impresas, las cuales serán válidas para todos los tipos de trámites que realiza la población, incluidos los de la ONAT y el MINJUS y estarán a disposición de los ciudadanos a partir de enero, cuando se hayan distribuido los 7 millones de sellos que se están imprimiendo en este mes de diciembre, tal y como se afirmó en la nota publicada al respecto en este Portal Tributario el pasado 28 de noviembre.

Los Sellos digitales: facilidad para la ciudadanía y ahorro para la economía del País.

La adquisición y pago de especies timbradas por vía digital, además de una facilidad para los ciudadanos, porque amplía sus posibilidades de obtenerlas y realizar los trámites que necesitan, beneficia también a la economía del país pues permite al Estado ahorrar los cuantiosos recursos que emplea en comprar el papel, la tinta y en establecer las medidas de seguridad de los sellos. Todo lo cual se obtiene en el mercado internacional y resulta muy costoso.

A esto se suma la ventaja del pago por Transfermóvil que posibilita el aporte desde la comodidad del teléfono, en cualquier momento y lugar con el citado descuento del 3% del importe a pagar.

Y para los funcionarios de las instituciones donde se realizan los trámites, significan un importante ahorro de tiempo.

El aporte electrónico del Impuesto sobre Documentos y las nuevas variantes que se dispongan están legalmente respaldados por el Decreto Ley (DL) No.49 de 2021, que modifico el Artículo 219 de la Ley 113 y ahora estipula que “sería por fijación de sellos del timbre o su valor equivalente a través de los diferentes canales electrónicos de pago u otras formas que se establezcan, en pesos cubanos.” (pulse sobre el enlace en azul para acceder)

Los sellos del timbre para los trámites del registro civil y notariales, al igual que los tributarios, pueden pagarse a través de la nueva versión V.1.221220 Transfermóvil, obtenerse por vía electrónica en las oficinas de la empresa de Correos de Cuba, ECC, o pagarse en efectivo en notarías y bufetes colectivos.

Estas nuevas alternativas habilitadas para que los ciudadanos cuenten con varias vías para acceder a las especies timbradas y pagar el Impuesto sobre Documentos que grava los trámites en el territorio nacional, son el resultado del trabajo conjunto realizado por el Ministerio de Comunicaciones, MINCOM; la empresa de Comunicaciones de Cuba, ETECSA; la Empresa de Correos de Cuba, ECC; el Ministerio de Justicia, MINJUS y la ONAT, en la búsqueda de soluciones ante el déficit de sellos existente en el país.

No obstante, dichos organismos y otros involucrados en la tarea, continúan laborando en la identificación de nuevas variantes de pago de este tributo, establecido en la Ley No.113 del Sistema Tributario y modificado por el Decreto Ley 21 de 2020 que, en su Anexo Único, introdujo variaciones al Anexo 4 de la ley que establece los tipos impositivos o cantidades a pagar por los documentos que tramitan las diferentes instituciones y organismos del país. (Dé clic sobre el texto destacado en azul para acceder a las legislaciones)

El Pago de los sellos por la nueva versión de Transfermóvil

Según ETECSA, esta nueva versión V.1.221220, que ya puede descargarse desde nuestro portal en la sección Descargas, permite que todos los usuarios de la popular APK– que ya son 3 millones–, paguen los sellos por la operación Pagar ONAT (de los bancos Popular de Ahorro, BPA y de Crédito y Comercio, BANDEC) o Pagar Impuestos (del Banco Metropolitano, BANMET).

Su principal novedad consiste en que ahora se mostrarán tres opciones de pago a seleccionar. Las ya existentes habilitadas por la ONAT Pago mediante vector fiscal (RC-04 A) y Pago mediante NIT o Carnet de Identidad, para aportar los sellos correspondientes a los trámites tributarios de Inscripción en el Registro de Contribuyentes y las Certificaciones fiscales y una nueva denominada Sellos del Timbre, por la que será posible abonar las especies timbradas para los del registro civil y los notariales, pertenecientes al MINJUS.

Próximamente la ONAT publicará un tutorial que explicará cómo realizar el pago del Impuesto sobre Documentos por la APK.

Además, las personas que aporten los sellos mediante esta aplicación se benefician con un descuento del 3% del importe a pagar por utilizar esta vía de pago.

Los sellos por vía electrónica a través de la Empresa de Correos de Cuba

La posibilidad de obtener los sellos por vía electrónica a través los establecimientos de correos se implementa para los ciudadanos que no son usuarios de Transfermóvil.

Estas personas pagarán en efectivo las estampillas requeridas para el pago del impuesto, por los trámites propios de las instituciones anteriormente mencionadas y recibirán a cambio un código electrónico asociado a su carnet de identidad, que será la constancia de que los sellos fueron pagados digitalmente y pueden utilizarse por el propietario de dicho carnet.

El pago efectivo en bufetes y notarías

Las personas pueden pagar los sellos en efectivo en los bufetes y notarías, según la resolución 685 de 2022 del MINJUS, publicada en Gaceta Extraordinaria 86 de 2022.

La norma dispone que los registradores, notarios y funcionarios públicos encargados de la prestación de servicios gravados con el impuesto, acreditan el pago virtual mediante Transfermóvil, con el número del documento de identidad oficial del usuario.

Igualmente estipula que lo pagado por concepto de este impuesto, las instituciones deben ingresarlo al Presupuesto del Estado por el párrafo 0730122 establecido para este tributo en el vigente Clasificador de Recursos Financieros del Presupuesto.

En la noticia titulada: Autoriza MINJUS cobro en efectivo y electrónico de los sellos del timbrepublicada en este portal puede enterarse de más detalles. (Dé clic sobre el nombre de la noticia destacado en azul para visualizarla)

Los trámites que aún no aceptan sellos pagados electrónicamente.

No podrán pagarse aun electrónicamente los sellos que se exigen para los trámites del carnet de identidad, ni los migratorios pertenecientes al Ministerio del Interior, MININT pues este organismo está trabajando aún para habilitar sus servicios por estas variantes y se incorporará próximamente.

En igual situación están los de la vivienda, los exigidos por la Oficina de Atención al Consumidor, Oficoda; los del Registro de vehículos, las solicitudes de licencia de conducción, las Certificaciones del Registro de Tenencia de la Tierra que otorga el Ministerio de la Agricultura y el resto de los incluidos en el mencionado Anexo 4 modificado por el Decreto Ley 21 de 2020, los cuales irán incorporándose gradualmente cuando se hayan creado las condiciones para ello.

Para estos casos continuarán utilizándose las tradicionales estampillas impresas, las cuales serán válidas para todos los tipos de trámites que realiza la población, incluidos los de la ONAT y el MINJUS y estarán a disposición de los ciudadanos a partir de enero, cuando se hayan distribuido los 7 millones de sellos que se están imprimiendo en este mes de diciembre, tal y como se afirmó en la nota publicada al respecto en este Portal Tributario el pasado 28 de noviembre.

Los Sellos digitales: facilidad para la ciudadanía y ahorro para la economía del País.

La adquisición y pago de especies timbradas por vía digital, además de una facilidad para los ciudadanos, porque amplía sus posibilidades de obtenerlas y realizar los trámites que necesitan, beneficia también a la economía del país pues permite al Estado ahorrar los cuantiosos recursos que emplea en comprar el papel, la tinta y en establecer las medidas de seguridad de los sellos. Todo lo cual se obtiene en el mercado internacional y resulta muy costoso.

A esto se suma la ventaja del pago por Transfermóvil que posibilita el aporte desde la comodidad del teléfono, en cualquier momento y lugar con el citado descuento del 3% del importe a pagar.

Y para los funcionarios de las instituciones donde se realizan los trámites, significan un importante ahorro de tiempo.

El aporte electrónico del Impuesto sobre Documentos y las nuevas variantes que se dispongan están legalmente respaldados por el Decreto Ley (DL) No.49 de 2021, que modifico el Artículo 219 de la Ley 113 y ahora estipula que “sería por fijación de sellos del timbre o su valor equivalente a través de los diferentes canales electrónicos de pago u otras formas que se establezcan, en pesos cubanos.” (pulse sobre el enlace en azul para acceder)

Ahora el pago digital del tributo está amparado, además, por mencionada Resolución No. 685 del MINJUS.

Soluciones como estas, que parten de la creatividad emanada del trabajo conjunto de las instituciones en función del beneficio de la ciudadanía, deben convertirse en práctica cotidiana y pauta a seguir para resolver los problemas que enfrenta el país. el pago digital del tributo está amparado, además, por mencionada Resolución No. 685 del MINJUS.

Soluciones como estas, que parten de la creatividad emanada del trabajo conjunto de las instituciones en función del beneficio de la ciudadanía, deben convertirse en práctica cotidiana y pauta a seguir para resolver los problemas que enfrenta el país.

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