Precisó que en el Portal Tributario (www.onat.gob.cu) se encuentran disponibles para su descarga las declaraciones juradas; se mantienen las bonificaciones por pronto pago, y se potencian los mecanismos electrónicos, incluida la firma digital.

 

Este año tendrá como novedad que para las personas jurídicas que liquidan el impuesto sobre utilidades, será obligatorio presentar las DJ en formato digital –ya firmado, excepto para las formas productivas de la agricultura, que lo pueden hacer si tienen las condiciones para ello.

Pueden solicitar la firma digital a distribuidores del servicio de firma digital en toda  Cuba,según tú localización  :

Entidades autorizadas a otorgar firma digital a PJ

Joven Club de Computación, con presencia en todo el pais.

Softel, con presencia en todos los municipios cabeceras de provincia.

XETID, con presencia en todas las provincias, excepto en Artemisa, Holguín 

Datys, con presencia en Matanzas, Villa Clara, Santiago de Cuba, Holguin .

• Segurmática, con presencia solo en La Habana .

 

 

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A partir de este 8 de enero inicia en todo el país la campaña de Declaración Jurada y pago de tributos 2024, uno de los principales procesos de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) en los que participa toda la sociedad, y que es de obligatorio cumplimiento para los contribuyentes.

 

En declaraciones a Granma, el ministro de Finanzas y Precios, Vladimir Regueiro Ale, destacó que el pago de impuestos es la principal fuente del Presupuesto del Estado que garantiza el desarrollo de programas sociales.

 

Esta, dijo, debe ser una campaña que muestre resultados superiores a los alcanzados en 2023, tanto por las personas naturales como por las jurídicas de los sectores estatal y no estatal, a la hora de ejercer su deber fiscal.

 

Agregó que, desde la ONAT, se han creado las condiciones para ser más rigurosos en la comprobación de los contenidos de las Declaraciones Juradas (DJ) y la exigencia de su cumplimiento; al tiempo que ponderó la consolidación y ampliación de los servicios que brinda la Oficina para facilitar el cumplimiento de la campaña.

Mary Blanca Ortega Barredo, jefa de la ONAT, puntualizó a este medio que este proceso, de suma importancia, involucra a más de 810 000 contribuyentes, y concentra su mayor actividad en el primer trimestre del año.

Precisó que en el Portal Tributario (www.onat.gob.cu) se encuentran disponibles para su descarga las declaraciones juradas; se mantienen las bonificaciones por pronto pago, y se potencian los mecanismos electrónicos, incluida la firma digital.

Como novedad, será obligatorio, para las personas jurídicas que liquidan el impuesto sobre utilidades, presentar las DJ en formato digital –ya firmado–, excepto para las formas productivas de la agricultura, que lo pueden hacer si tienen las condiciones para ello.

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NOTICIAS
Incentivos para el uso de las fuentes renovables de energía en Resolución 238 de 2023 del MFP
TOMADO AL SITIO WEB DEL MFP
El Ministerio de Finanzas y Precios atendiendo a lo establecido en el Decreto Ley 345 “Del Desarrollo de las Fuentes Renovables y el Uso Eficiente de la Energía”, del 23 de marzo del 2017 y teniendo en cuenta la convergencia con las políticas e interés del país de lograr una mayor inserción e inversión, de todos los sectores de la economía y la sociedad, en el empleo de fuentes renovables de energía (FRE) y equipos que hagan un uso eficiente de la misma, ha aprobado incentivos en materia de precios, tarifas y tributarios.
En correspondencia con ello, la Gaceta Oficial No. 71 extraordinaria, del 16 de octubre de 2023, publica la Resolución 238 del Ministro de Finanzas y Precios, que implementa los incentivos aprobados para promover el uso de las FRE.
Entre los incentivos aprobados se encuentran:
·Se modifica el Sistema de Tarifas para la compra de energía eléctrica:
Tarifa de compra de energía eléctrica para los servicios clasificados como generadores y cogeneradores renovables (Centrales Azucareros).
Tarifa de compra de energía eléctrica entregada al SEN por productores del sector no residencial, a través de fuentes renovables de energía.
Tarifa de compra de energía eléctrica entregada al SEN por el sector residencial, con la instalación de sistemas solares fotovoltaicos, eólicos u otras tecnologías que aprovechan las fuentes renovables de energía.
La norma también dispone que las tecnologías y sistemas vinculados al uso de las FRE se comercialicen en el sistema de comercio mayorista o minorista a precios no recaudatorios.
De la regla anterior se exceptúan la formación de los precios de ventas de los vehículos de motor eléctrico, cuya regulación está establecida en la Resolución 32, del 10 de febrero de 2023, del MFP.
Por otra parte, la normativa contiene beneficios fiscales consistentes en:
Eximir del pago de Impuesto sobre Utilidades en un plazo de hasta ocho años durante la recuperación de la inversión, al sector estatal y las formas de gestión no estatal que ejecutan proyectos de generación de electricidad con FRE.
 Eximir del pago del Impuesto Aduanero, por la importación de maquinarias, equipos y otros medios necesarios durante el proceso inversionista, al sector estatal y las formas de gestión no estatal que ejecutan proyectos de generación de electricidad con fuentes renovables de energía o a partir del aprovechamiento de estas.
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El término establecido para que los campesinos o productores individuales y las entidades pertenecientes al sector cañero presenten las declaraciones juradas (DJ) y liquiden los impuestos sobre Ingresos personales y Utilidades, respectivamente, culmina este 31 de octubre.

Cuestiones a tener en cuenta por los campesinos cañeros para presentar DJ-09 del Impuesto sobre Ingresos Personales.

Según la Ley No.157 del Presupuesto del Estado para 2023, los ingresos provenientes de la producción de caña de azúcar están exentos de pago, es decir, no se incluyen a la hora de presentar la DJ-09, modelo establecido para estos contribuyentes.

Por lo tanto, los campesinos cañeros, solo declaran los ingresos provenientes de la comercialización que hayan realizado de otros productos agropecuarios y, a la hora de hacer la DJ del Ingresos Personales, deben tener en cuenta lo siguiente:

Deben verificar la presencia de su firma y la fecha en las planillas y recordar que si la DJ no cumple con los requisitos hasta aquí mencionados será rechazada y, una declaración rechazada, la ONAT la considera como no presentada.

La DJ-09 , que está disponible en la sección Descargas del Portal Tributario (dé clic sobre su nombre destacado en azul en esta noticia para visualizarla), se entrega en la ONAT municipal depositándola en el buzón habilitado a estos efectos o se envía por correo certificado a la oficina del municipio en el cual está inscrito el agricultor cañero. También se encuentran en este apartado del portal las instrucciones de llenado del modelo.

El pago el impuesto se efectúa en las sucursales bancarias, presentando el modelo RC-04 A Vector Fiscal-Persona Natural - descargargable desde el Portal Tributario si están registrados en la plataforma. También puede hacerse por los canales electrónicos: Telebanca, Transfermóvil, Banca Remota y por el uso de estas vías se descuenta un 3% del importe a pagar.

La ONAT recuerda que los modelos de la DJ-09, así como los comprobantes tanto impresos como electrónicos –en este caso los mensajes (SMS) guardados en la carpeta PAGO X MOVIL en el celular–deben conservarse por un período de 5 años, según lo estipulado en la Ley No.113 del Sistema Tributario.

Para conocer cómo se aporta el impuesto por Transfermóvil existe, también en la sección Descargas, un tutorial que explica los pasos para hacerlo.

Los contribuyentes aportaron el impuesto antes del 30 de agosto de 2023 disfrutaron del beneficio fiscal consistente en el descuento de 5 % como bonificación por pronto pago.

La ley 157 estipula, además, que las entidades acopiadoras y comercializadoras de caña aplican igualmente un 2% en la retención (descuento) del tributo a los campesinos por las ventas que estos productores realizaron a través de ellas y son las encargadas de aportar lo retenido al Presupuesto del Estado

.más de la noticia en el Portal Tributario .

 

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En los últimos años el sistema de relaciones financieras entre las empresas estatales, las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento (100%) cubano y las organizaciones superiores de dirección empresarial, con el Estado se ha flexibilizado, en correspondencia con la conceptualización del modelo económico y social cubano de desarrollo socialista, cuando se señala que: “El Estado en su condición de representante del propietario –el pueblo- regula los destinos de las utilidades que se generan por las entidades de este sistema empresarial”.

La Gaceta Oficial No. 64 Extraordinaria de 27 de septiembre de 2023,publica la Resolución No. 201/2023 del Ministro de Finanzas y Precios, que actualiza el “Procedimiento para el Sistema de Relaciones Financieras entre las empresas estatales, las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano y las OSDE, con el Estado.

www onat.gob.cu 

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