Las Ordenanzas de 1856: Huellas y aspiraciones (I)

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Las Ordenanzas de Construcción, también llamadas Reglamentación Edificatoria, son una temática de vital importancia para comprender el desarrollo de la arquitectura cubana e implementar los criterios para su conservación. Los sucesos concernientes al asunto tuvieron matices particulares en cada ciudad de la Isla y consecuentemente requieren de análisis específicos para cada contexto urbano.

El examen de las fuentes documentales relativas al proceso de puesta en marcha de las Ordenanzas de Construcción en Puerto Príncipe manifiesta que dicho documento fue un paso importante en el anhelo de controlar el progreso urbano - arquitectónico de la ciudad, pero nunca significó un hecho concluyente. Los acontecimientos posteriores a este momento demuestran que constituyó solo un punto de partida, y el conjunto de reglamentos se fue transformando y ampliando constantemente al contacto con la realidad.

Para referir el tema de la regulación edificatoria, los términos Ordenanzas Municipales y Ordenanzas de Construcción se utilizan indistintamente, por ello es necesario aclarar la diferencia entre los mismos. Las Ordenanzas de Construcción son el conjunto de leyes relativas a las transformaciones urbano - arquitectónicas de la ciudad y, aunque eran redactadas por separado, formaban parte de las Ordenanzas Municipales, las cuales integraban el “(...) sistema de reglas o normas que sirven de instrumento para el mantenimiento del orden público de una ciudad y es emitido por el cuerpo del Ayuntamiento”. La implantación de reglamentaciones constructivas en las ciudades coloniales cubanas es consecuencia de la traslación de los mecanismos desarrollados en España para el control edificatorio. Cuba, en el siglo XIX, constituía territorio español y con mayor o menor retraso se incorporaba a los dictámenes de la metrópoli.

Autor: Henry Mazorra Acosta

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