Las Ordenanzas de 1856: Huellas y aspiraciones (III)

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Hacia 1838, y con el objetivo de perfeccionar las estructuras municipales para el control urbano - arquitectónico fueron creadas las comisiones de ornato, los cuerpos de vigilancia de la policía urbana y los arquitectos municipales. La Comisión de Ornato jugaba un papel primario en el cumplimiento de las Ordenanzas de Construcción, pues era la facultada de orientar la transformación y desarrollo de la ciudad. Los Cuerpos de Vigilancia de Policía Urbana eran un grupo de agentes veladores por el seguimiento de los propósitos de la Comisión de Ornato. El puesto de arquitecto municipal solo podía ser ocupado por un profesional graduado en la academia de bellas artes y representaba la persona más responsable en materia propiamente arquitectónica.

Estos esquemas de control edificatorio se reflejaron notablemente en Cuba y el período decimonónico concreta los mejores ejemplos en lo relacionado con las reglamentaciones de construcción dentro del territorio. La Habana resalta a la vanguardia con el establecimiento de reglamentaciones constructivas desde 1830 y luego en 1861 se conformó para dicha ciudad el ejemplar más logrado en cuanto a reglamentación edificatoria del período colonial. Los análisis comparativos realizados muestran la ocurrencia de eventos únicos en cada territorio a pesar de poseer estructuras semejantes. Baste mencionar que las ordenanzas aprobadas oficialmente para Puerto Príncipe toman vigencia desde 1856 y le sucedieron las “(...) Ordenanzas Municipales de Matanzas aprobadas por Real Orden de 23 de Mayo de 1858, las de Santiago y Cienfuegos que lo fueron en 24 de Junio del mismo año y en las de Las Tunas, Real Orden de 6 de Junio de 1860”.

Autor: Henry Mazorra Acosta

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