Las Ordenanzas de 1856: Huellas y aspiraciones (V)

Valoración:
( 0 Rating )
Pin It

Las Ordenanzas de 1856 no aportan un conjunto de parámetros o reglas en relación con la expresión estética de las fachadas. No aparecen referencias estilísticas, ni en cuanto a dimensiones o composición en general. Sus zonas débiles no tardaron en mostrarse a partir de su contacto con la realidad.

La cláusula que prohibía cualquier tipo de acción constructiva sin la presentación de la documentación gráfica necesaria fue la causa de la abundante existencia de proyectos de arquitectura en los archivos del Ayuntamiento. A partir de esa fecha comenzaron a registrarse los proyectos presentados para solicitudes de licencia de construcción, lo cual permite un acercamiento preciso a las creaciones arquitectónicas de la época.

A solo tres meses de ser aprobadas las Ordenanzas quedó en evidencia la efectividad de las mismas. En febrero de 1857 apareció un expediente en el cual la señora Josefa de Betancourt y Miranda pedía licencia al Ayuntamiento para construir en su casa un guardapolvos en toda la fachada y efectuar otros cambios de su carpintería.

Las Ordenanzas habían prohibido los aleros, pero nada comentaban acerca de los guardapolvos que solían construirse encima de puertas y ventanas. El Ayuntamiento, totalmente en dudas de dar una respuesta acertada, en documento del 6 de febrero de 1857 solicitó al comandante de ingenieros “sirviera informar (…) acerca del bueno o mal ornato y demás condiciones de seguridad e incomodidad que presentan los guardapolvos, para fundado en esto resolver el Cuerpo Capitular lo que corresponda al bien del ornato público”.

De todos los razonamientos que puedan inferirse de estas líneas, desde nuestro punto de vista se desprenden dos fundamentales. Primero: las Ordenanzas de Construcción demuestran estar incompletas y además no son garantía para lograr la ciudad bella y moderna deseada por el Ayuntamiento. Segundo: queda en evidencia la carencia de profesionales de la construcción en la localidad con capacidad de emitir un juicio sobre cuestiones estéticas en las ramas de la arquitectura y el urbanismo.

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado