Aunque los montos empleados en la capitalización empresarial han experimentado un crecimiento, a partir de las utilidades destinadas a incremento de capital de trabajo, amortización de deudas y créditos bancarios, e inversiones con recursos propios, todavía distan de lo que requieren las entidades para ampliar sus niveles de actividad.

Al análisis de este proceso de creación de reservas voluntarias, en función de las ganancias retenidas después de impuesto por las empresas estatales, al cierre de 2021; así como a la distribución anticipada de utilidades a los trabajadores hasta el segundo trimestre de 2022, estuvo dedicada la más reciente reunión de la dirección del país con representantes del sistema empresarial estatal que, en esta oportunidad, fue presidida por Manuel Marrero Cruz, miembro del Buró Político del Partido y Primer Ministro.

Desde el Palacio de la Revolución, Meisi Bolaños Weiss, titular de Finanzas y Precios, explicó que, respecto a periodos anteriores, se aprecia un avance en la estructura de distribución de las reservas voluntarias, sobre todo en destinos que tributan al progreso de las empresas, dígase, capacitación, desarrollo e investigaciones, unido a partidas de más reciente creación, como el fondo para la adquisición, reparación y construcción de viviendas.

En cuanto a la distribución de utilidades a los trabajadores, destino que tradicionalmente ha concentrado los mayores montos –incluso la totalidad en algunos casos, en detrimento de la propia reproducción de la actividad empresarial–, las cifras ascendieron a 13 563 millones de pesos, el 32 % del total de las reservas constituidas.

Con estos recursos, aseguró la Ministra, se beneficiaron 1 205 empresas y 759 142 trabajadores, que representan el 55,6 % del total de la fuerza laboral del sistema empresarial en 2021. En ese sentido, llamó la atención sobre las 298 entidades que destinaron el 70 % y más de las utilidades retenidas a la distribución a los trabajadores.

A partir de este comportamiento, Bolaños Weiss insistió en la necesidad de que las administraciones y las Juntas de Gobierno profundicen en las decisiones sobre la creación de reservas, especialmente en aquellos centros que distribuyen utilidades y reciben financiamientos presupuestarios.

En su opinión, hay que seguir examinando dónde se pueden bajar tarifas, y ayudar a la financiación, sin afectar la distribución de los trabajadores. Si el dinero se queda en la empresa, hay que ayudar al Presupuesto, agregó Alejandro Gil Fernández, vice primer ministro y titular de Economía y Planificación.

«No puede ser que el dinero se quede allí y después pidamos financiamiento presupuestario. Eso implica un impacto negativo sobre el Presupuesto, y ese no es un impacto etéreo, es sobre el pueblo, porque el Presupuesto constituye recurso público», aseveró.

UNA MEDIDA QUE TODAVÍA NO PRENDE COMO NECESITA EL PAÍS

Respecto a la distribución anticipada de utilidades a los trabajadores, al cierre del segundo trimestre de 2022, Marta Elena Feitó Cabrera, ministra de Trabajo y Seguridad Social, señaló que solo 923 empresas, el 47 % del universo captado, logra repartir ganancias, lo que equivale a 538 132 personas beneficiadas.

De las 1 039 empresas que no distribuyen utilidades, el 80 % pertenece a los sistemas empresariales de la agricultura, la industria, la industria alimentaria, Azcuba, y los Órganos Locales del Poder Popular, fundamentalmente; 430 tienen pérdidas y 372 presentan bajos niveles de utilidad o liquidez.

La medida, consideró, «no ha desempeñado en toda su magnitud el papel que le corresponde como elemento que estimule la obtención de mayores resultados productivos y de eficiencia». En ello ha influido el déficit de recursos, la situación económica financiera actual, el número de entidades en pérdida, así como la no concreción de estrategias internas para revertir o atenuar dicho escenario.

En efecto, instó Gil Fernández, «con la aplicación de esta medida tenemos que lograr más impacto, más desenvolvimiento, productividad y eficiencia».

Foto: Estudios Revolución

El Vice primer ministro repasó los antecedentes de la distribución de utilidades a los trabajadores, nacida con límites y condicionamientos a indicadores directivos, que ya no están hoy, aunque no acaba de prender –como necesita el país– en el complejo camino de fortalecer y dotar de mayor autonomía a la empresa estatal.

Tomando como base las cifras del año de anterior, motivó a una reflexión: «Se inyectaron en la circulación más de 13 000 millones de pesos, y ese dinero hay que extraerlo. Si tuviéramos la seguridad de que ese monto fue repartido contra una riqueza real, o sea, por un incremento de la producción de bienes y servicios, no habría problemas macroeconómicamente; pero no en todos los casos existe la certeza.

«A veces responde a problemas de precios, a desviaciones… Y hoy, uno de los principales elementos que está incidiendo sobre la inflación es el exceso de circulante sin respaldo de ofertas».

En total concordancia, subrayó el Primer Ministro, la base de la distribución de utilidades tiene que ser la eficiencia del sistema empresarial, la búsqueda de alternativas, el esfuerzo de los colectivos, y no siempre sucede así.

«Nosotros –dijo– no podemos permitir unos precios abusivos en una empresa, producto de los cuales se esté beneficiando una minoría».

Al valorar el comportamiento de los indicadores, coincidió en la importancia de crecer en el número de entidades que, a partir de sus resultados, pueden pagar utilidades.

En palabras del Jefe de Gobierno, las empresas están en la obligación, dentro de sus posibilidades, de aprovechar toda la inteligencia colectiva en aras de producir más para el país, que es decir el pueblo y, sobre todo, para que se beneficien sus trabajadores.

De la jornada, que contó con la participación, mediante videoconferencia, de empresarios nacionales, unido a ministros de varias carteras y otras autoridades gubernamentales, trascendió la experiencia que aplica BioCubaFarma, organización superior de dirección empresarial que ha creado reservas para el desarrollo de la responsabilidad social.

Eso se traduce, comentó su presidente, Eduardo Martínez Díaz, en trabajo en las comunidades, sobre todo donde radican sus trabajadores; de ese modo se han reparado farmacias, bodegas y otras instalaciones de interés común.

En contraste, también se expusieron prácticas como las de las empresas Alimentos y Bebidas La Estancia y Heber Biotec s.a., que destinaron el 92 % y 96 % de sus utilidades, respectivamente, a la distribución a los trabajadores.

No tuvieron, por ahora, necesidad de crear otras reservas, alegaron sus directivos, a pesar de conocer, con lujo de detalles, el contexto de restricción financiera que vive la nación, los déficits con los cuales opera el Presupuesto del Estado, e incluso, que la cantidad de utilidades por retener, después de impuesto, es hasta el 50 %, no necesariamente el 50 %. Pero las decisiones, siempre, están mediadas por el compromiso social de quienes las toman, y por su visión de país.

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Como resultado de las acciones que realiza la Oficina Provincial de Administración Tributaria ante los incumplimientos de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, podemos destacar que hemos actuado en el periodo se enero -abril con mas de 1000 incumplidores para un 35% de su total, recuperando más de 3 millones de pesos al Presupuesto del Estado.

De igual forma se actúa con las obligaciones de Trasmisión de Bienes y Herencias donde hemos revisado en el periodo de enero a mayo más de 600 deudores recuperando mas de 500 mil pesos.

Recordamos que las Obligaciones Tributarias es una responsabilidad que deben cumplir todos los contribuyentes tanto naturales como jurídicas.

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El plazo de pago de los impuestos sobre Transporte Terrestre, la propiedad o posesión de embarcaciones y por la ociosidad de las tierras agrícolas y forestales, fue aplazado hasta el 20 de octubre de 2022, teniendo en cuenta las afectaciones provocadas por el huracán Ian.

La medida puesta en vigor por la resolución No.225 de 2022 del Ministerio de Finanzas y Precios, MFP y publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 60 de este 3, así como el sitio Web de ese organismo www.mfp.gob.cu, también extiende la fecha de emisión de los estados financieros por las empresas y entidades para el período intermedio del mes de septiembre de 2022 en los siguientes plazos:

  • En los 10 días naturales posteriores al cierre del período contable en las empresas, cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, unidades presupuestadas de tratamiento especial, unidades presupuestadas, y demás actores económicos.
  • En los 15 días naturales, también siguientes al cierre del período contable en las organizaciones superiores de dirección empresarial (OSDE) y en los órganos y organismos de la Administración Central del Estado (OACE) para la agregación y emitir la información necesaria para el seguimiento del Presupuesto del Estado y del Plan de la Economía.
  • El mismo término se cumple para los órganos locales del Poder Popular, los consejos de la Administración Municipal emiten los estados financieros consolidados de la contabilidad gubernamental y los agregados de la actividad empresarial
  • Los consejos provinciales lo harán en los 20 días naturales posteriores al citado cierre contable.

La fecha límite de pago de los impuestos mencionados anteriormente debió culminar el pasado 30 de septiembre, tal y como establece la Ley No.113 del Sistema Tributario.

Según esta legialación el impuesto sobre el Transporte Terrestre o pago de la chapa lo aportan las personas naturales (PN) y jurídicas (PJ) cubanas y extranjeras propietarias o poseedoras de vehículos de motor tracción animal destinados, valga la redundancia, al transporte terrestre en el territorio nacional.

Por su parte el Impuesto sobre la propiedad o posesión de embarcaciones lo abonan también la PN y PJ, nacionales o foráneas que sean propietarias, posean o matriculen embarcaciones en territorio cubano.

En cuanto al tributo establecido por la ociosidad de tierras agrícolas y forestales, se aplica las PN y PJ que posean tierras agrícolas y forestales ociosas, sean estas de su propiedad o estatales.

Se consideran como ociosas aquellas tierras que no están en producción agrícola, pecuaria o forestal, (salvo las que sea necesario dejar en descanso, con fines de rotación de cultivos, las cubiertas de marabú, malezas o plantas invasoras y las deficientemente aprovechadas, de conformidad con lo establecido en la legislación especial.

Los contribuyentes personas naturales que aporten estos tributos por los canales electrónicos de pago (Transfermóvil, Banca Telefónica y otros) se benefician con un descuento del 3% del importe a pagar.

Si desconocen cómo realizar el pago mediante Transfermóvil pueden consultar el tutorial que explica cómo hacerlo, dando clic sobre eel texto destacado en azul en este párrafo o accediendo a la sección Descargas del Portal Tributario.

 

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El Acuerdo 9411 de 2022 del Consejo de Ministros aprueba que el Estado financie el 50% del precio de venta de los materiales de construcción, tanques para agua y colchones que se vendan a los damnificados por el huracán Ian en Pinar del Río, Artemisa, Mayabeque, La Habana y Isla de la Juventud.

En este acuerdo publicado en la Gaceta Oficial  Extraordinaria No. 59  del 1ro de octubre (dé clic en el enlace destacado en azul para acceder), se estipula que aquellas personas cuyos ingresos no sean suficientes para adquirir los citados productos pueden acceder a créditos bancarios, solicitar subsidios para comprar los materiales de construcción y, en el caso de los colchones,  pedir financiamiento a cargo de la Asistencia Social, según lo establecido al respecto en la legislación vigente.

Por último se resposabiliza a las ministras de Finanzas y Precios y del Comercio Interior, los gobernadores provinciales de Pinar del Río, Artemisa, Mayabeque y La Habana y el Intendente del municipio especial Isla de la Juventud, con el establecimiento de los procedimientos, así como los mecanismos de información y de control que se requieran para el cumplimiento de lo establicido en el cuerdo 9411.

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Este es el salario medio mensual provincial que estará vigente desde agosto 2022 ¿Por qué es necesario conocerlo?

El salario medio mensual provincial (SMP) reconocido por la Oficina Nacional de Estadísticas, ONEI, constituye la remuneración mínima que pueden tener en cuenta las personas naturales (PN) con trabajadores contratados para calcular el impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo (IUFT).

Lo anterior se estipula en el artículo 237 de la Ley No.113 del Sistema Tributario y en el 2 del Decreto Ley No.49 de 2021, (publicado en la Gaceta Ordinaria No.94  de ese año) que modifica, entre otros, el artículo 236 de la ley tributaria cubana.

¿Cuándo se tiene en cuenta la remuneración mínima para calcular este impuesto y por qué?

Las personas naturales obligadas a aportar el IUFT son los trabajadores por cuenta propia (TCP), artistas y creadores del sector de la cultura y otros que tengan personal contratado.

Por su parte, el tipo impositivo o cantidad a liquidar por concepto de este tributo es el 5% del total de remuneraciones pagadas cada mes a los asalariados, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 91 de la Ley 144 del Presupuesto del Estado para 2022.

El aporte, no obstante, se realiza trimestralmente, dentro de los primeros veinte días naturales del mes siguiente al trimestre vencido (Resolución 345 de 2021 del MFP, gaceta O. No. 94), ya sea por vía electrónica o en las oficinas bancarias, mediante el párrafo 061032 “Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo-Personas Naturales”, del vigente Clasificador de Recursos Financieros del Prespupuesto del Estado.

Ahora bien, si la remuneración del contratado fuera inferior o igual al SMP vigente, el titular o dueño del negocio estaría obligado a calcular el tributo aplicando el 5% a dicho salario medio mensual provincial.

¿Cómo se sabe cuál es el SMP vigente y dónde consultarlo?

El salario medio que debe tenerse en cuenta, según el mencionado artículo 237 de la Ley 113, es  “el vigente en cada provincia en el ejercicio (año) fiscal anterior, reconocido” por la ONEI, el cual es publicado cada año por esa institución en su sitio Web http://www.onei.gob.cu, durante los meses de julio o agosto.

Precisamente el pasado 14 de julio de 2022 la ONEI reconoció el nuevo SMP en la publicación Salario Medio en Cifras. Cuba Enero-Diciembre 2021(dé clic en el enlace resaltado en azul para acceder) que está vigente desde el mes de agosto, de acuerdo con lo anunciado por la Oficina Nacional de Administración Tributaria, ONAT.

De todo lo anterior se desprende que los titulares obligados a calcular el impuesto en cuestión a partir del SMP, deben tener en cuenta a tales efectos dos salarios medios mensuales diferentes en el año: uno en los trimestres enero-marzo, abril-junio y otro en los correspondientes a julio-septiembre, octubre-diciembre.

Siguiendo esta lógica, el SMP publicado por la ONEI en julio de 2022 se usará en los dos últimos trimestres de ese año; mientras que en los dos primeros debió utilizarse el salario medio provincial de 2020 (pulse en los enlaces en azul para consultar).

Por supuesto, aquellos contribuyentes que paguen a sus contratados remuneraciones superiores al SMP aplican el 5% a esas remuneraciones.  No necesitan tener en cuenta dicho salario medio para calcular el Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo.

Todas las obligaciones tributarias de las personas naturales están contenidas en su vector fiscal RC-04 A: los períodos y términos de pago, los beneficios fiscales, el código de cinco dígitos que permite efectuar el pago electrónico mediante la aplicación Transfermóvil o la Telebanca y otros datos importantes.

Por esa razón la Oficina Nacional de Administración Tributaria, ONAT, insiste en alertar a estos contribuyentes que revisen y dominen el contenido de su vector que pueden descargar en el Portal Tributario en la sección SERVICIOS PARA CONTRIBUYENTES, si están registrados en la plataforma u obtener en la ONAT del municipio donde están inscritos, donde se le copia en una memoria o dispositivo USB de su propiedad.

Si desconocen cómo registrarse o autenticarse en el portal pueden consultar los tutoriales para móvil y computadora que explican todo lo relativo a este proceso, ubicados en la sección Descargas.

Todas legislaciones que amparan la aplicación del Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo citadas en este artículo pueden consultarse en la sección Legislación o dando clic sobre sus nombres destacados en azul.

El trabajo de la ONAT está enfocado siempre en facilitarle al contribuyente toda la información y los servicios que favorezcan el cumplimiento de sus responsabilidades fiscales, porque su aporte importa. (Tomado del Portal Tributario)

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