Los sellos del timbre en pesos convertibles CUC que poseen las personas naturales y jurídicas para realizar trámites gravados en esa moneda antes del ordenamiento monetario, podrán seguir usándose hasta el 31 de diciembre de 2021, según lo dispuesto por la Resolución No. 243 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) del pasado 28 de junio, y una nota oficial publicada en el sitio web de ese organismo www.mfp.gob.cu.

De acuerdo con la nota del MFP, la extensión del plazo de utilización de las especies timbradas que dispone la citada norma legal, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 54 de este año, se debió al retraso en determinados trámites por la paralización o posposición de servicios en varias entidades, como consecuencia de la implementación de medidas preventivas y de enfrentamiento a la Covid 19.

Afirma también la nota que para la aprobación de la prórroga se tuvo en cuenta, además, la preocupación de la población ante la proximidad del vencimiento del término de 180 días otorgado para el uso de los sellos en la moneda en cuestión, que inició el pasado 1ro de enero con la implementación de la Tarea Ordenamiento y que está correspondencia con lo aprobado para la circulación del CUC en efectivo que se encontraba en posesión de las personas naturales y jurídicas. (Portal Tributario)

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Ante la compleja situación epidémica existente hoy en la provincia de Camagüey con una alta transmisión de la COVID-19, autoridades de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) en el territorio, adoptan medidas para asegurar la prestación de los servicios a los contribuyentes.
 El empleo de las plataformas electrónicas, la página web, el portal tributario y la vía telefónica por donde se recepcionan trámites de modificaciones, consultas, y discrepancias se incluyen entre las opciones para mantener la gestión de cobro de los ingresos derivados de obligaciones, tributarias o no, al presupuesto del estado.
 Mediante los correos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. se solicitarán las modificaciones registrales, certificaciones fiscales, solicitudes de aplazamientos, planteamientos, y la documentación fiscal de la campaña, informó a la Agencia Cubana de Noticias Olga Pardo San Román, comunicadora institucional de la ONAT en Camagüey.
 Estas direcciones electrónicas, los horarios de atención a la población y los números de teléfonos de la línea directa se ubicarán en la fachada externa de las oficinas en tamaño visible, señaló.
 Las solicitudes de aplazamiento de pago para los contribuyentes, personas naturales y jurídicas, se realizarán a través de los citados correos o vía telefónica con el asunto del mensaje Solicitud de aplazamiento, en tanto se potencian los pagos mediante los canales electrónicos como Transfermóvil, que mantiene la bonificación del tres por ciento.
 Pardo San Román explicó que en el caso de suspensiones de actividades por cuenta propia, se eximirá del pago de todos los impuestos a los contribuyentes titulares de estas actividades, así como a sus trabajadores contratados.
 Lo anterior, dijo, procede tanto para las suspensiones a solicitud propia por afectaciones en los niveles de actividad como para las que se determinen de oficio a nivel de país o en la localidad por los Consejos de Administración Municipales o los Consejos de Defensa Municipales. (ACN) 
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La Oficina Nacional de la Administración Tributaria, ONAT, reorienta la prestación de los servicios a los contribuyentes, mediante el empleo de las plataformas electrónicas, la vía telefónica, la página web, el portal tributario y otros medios que NO impliquen la presencialidad.
 
Mediante los correos Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. se pueden solicitar las modificaciones registrales, certificaciones fiscales, solicitudes de aplazamientos, y la documentación fiscal de la campaña; así como manifestar planteamientos y dudas.
 
A través de la línea directa de atención al contribuyente, disponible en todos los municipios y que en el caso de la provincia es el número 32-25-32-74, igualmente se efectúan los trámites de modificaciones, y se esclarecen las preocupaciones.
 
Las solicitudes de aplazamiento de pago para las personas naturales y jurídicas se realizan por los canales anteriormente mencionados; y en el caso de suspensiones de actividades por cuenta propia, se exime del pago de todos los impuestos a los contribuyentes titulares y a los trabajadores contratados. 
 
Con una bonificación de un TRES por ciento, la Oficina Nacional de la Administración Tributaria potencia el pago por los canales electrónicos, como la aplicación Transfermóvil, y mantiene la gestión de cobro de los ingresos derivados de las obligaciones tributarias y NO tributarias al presupuesto del estado. (Juan Mendoza Medina/ Radio Cadena Agramonte)
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Las medidas, que se toman ante el incremento del número de casos de coronavirus en el país y publicadas en una nota oficial del MFP, son seis y tienen como objetivo principal garantizar la restricción de la movilidad de las personas para ayudar a contener el contagio.

Están relacionadas con los trámites que se realizan en la Oficina de Administración Tributaria (ONAT) y los servicios que ofrece la institución y son las siguientes:

  1. Suspender la atención presencial en las oficinas de la ONAT en todo el país.
  2. Potenciar el uso de las vías telefónicas y digitales para la realización de trámites y prestación de servicios tributarios: Portal Tributario, correo consultas, chat de los perfiles en las redes sociales: Telgram, Facebook y Twitter.
  3. Incentivar el pago de los tributos y otros aportes a través de los canales digitales: Telebanca, Transfermovil, Banca Remota y otros y mantener la bonificación consistente en el descuento del 3% del importe a pagar, establecida para las personas naturales.
  4. Aplicar el ya citado aplazamiento hasta el 31 de agosto del pago de las obligaciones del mes de junio para las personas naturales, aprobado por la Resolución 246 del MPF, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 55 de 30 de junio.
  5. Las oficinas municipales de la ONAT coordinarán con las sucursales bancarias y las personas jurídicas (empresas y otras entidades), el pago ordenado de las obligaciones tributarias durante el mes de julio y para ello incentivarán el empleo de los canales electrónicos Metro en Línea, Banca Remota y Virtual BANDEC.
  6. Mantener en las oficinas el personal mínimo indispensable para garantizar las funciones de gestión, control de la recaudación y la de asistencia. (Tomado del Portal Tributario)
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No puedes registrarte o iniciar sesión en el Portal Tributario para acceder a los servicios que ofrece la plataforma a contribuyentes inscritos en la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT)?

¿No recuerdas tu contraseña? ¿Caducó? ¿No pusiste un correo electrónico al hacer el registro y no puedes cambiar la clave que olvidaste? ¿Se te mostró el mensaje de que el NIT es debe ser único o es inexistente?

Las respuestas a todas esas interrogantes se hallan en 3 claves que contienen las soluciones a los problemas de registro y autenticación identificadas e implementadas por el Equipo de Administración y Desarrollo del portal, a partir del intercambio con los usuarios. Aquí te van:

Clave 1- Esto es lo que debes hacer si no recuerdas la contraseña que pusiste para registrarte o se te informa que expiró y debes cambiarla:Ve al icono de iniciar sesión y da clic sobre él.Aparecerá entonces la ventana INICIAR SESIÓN EN EL PORTAL TRIBUTARIO, en la cual se muestra la pregunta “¿Has olvidado la contraseña?”. Pulsa sobre esta   interrogante y saldrá otra ventana donde se te pide introducir tu NIT, la nueva contraseña y confirmarla.

e inmediato se enviará un enlace de confirmación a la dirección de correo electrónico que informaste al registrarte.

  • Abre tu correo electrónico, y da clic sobre el enlace de confirmación y este va a redirigirte a la plataforma, donde colocarás otra vez la nueva contraseña tras lo cual se confirmará que el cambio de esta ha sido exitoso.

Clave 2- Si al registrarte no pusiste un correo y no recuerdas la contraseña o se te informa que tu NIT no existe, haz lo siguiente:

  • Debes enviar mediante la sección Contáctenos del portal los siguientes datos para que el Equipo de Administración y Desarrollo de la plataforma compruebe tu identidad: NIT, número de 16 dígitos de su RC-05 o Carnet de Contribuyente, nombre y apellidos, provincia y municipio.
    • Una vez que se verifiquen tus datos, serán borrados del sistema y se te informará de este hecho a través del correo que hayas consignado, para que puedas volver a efectuar el registro como si lo hicieras por primera vez.

    Clave 3- He aquí por qué al intentar iniciar sesión se te muestra el mensaje “El campo NIT debe ser único” ycómo resolverlo:

    • Esto sucede porque ya estás registrado en la plataforma y cuando tratabas de acceder a la ventana de INICIAR SESIÓN EN EL PORTAL TRIBUTARIO, luego de poner tu nombre y contraseña, en lugar de dar clic en el botón ACEPTAR, pulsaste REGISTRARSE y se abrió la ventana REGISTRARSE EN EL PORTAL TRIBUTARIO donde está toda la información que aportaste al hacer tu registro.   

    Entonces, cuando intentaste escribir nuevamente el NIT en el campo donde se pide, se visualizó el mensaje de error “El campo NIT debe ser único”:

    • En este caso lo indicado es seleccionar el botón CANCELAR, situado en la parte inferior derecha de la ventana REGISTRARSE EN ELPORTAL TRIBUTARIO, regresar a la deINICIAR SESIÓN, colocar tu NIT y contraseña y dar ACEPTAR.
    • Tal y como se dijo inicialmente, el portal ofrece varios servicios en línea, solo disponibles para contribuyentes personas naturales inscritos en la ONAT, a quienes se les exige como requisito indispensable para poder utilizarlos, que se registren en la plataforma.

      Están ubicados en la sección SERVICIOS PARA CONTRIBUYENTES dentro de rectángulos blancos y son: el denominado Pagos que permite consultar -valga la redundancia- los pagos de tributos y otros aportes fiscales realizados por los contribuyentes; el identificado como Vector Fiscal que posibilita descargar este documento, también llamado RC-04 A, que contiene todas las obligaciones fiscales de las personas naturales.

      Se suman el que informa cualquier Modificación de Cuotas aprobada, las Suspensiones y el que da la posibilidad de hacer Consultas.

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