Yudelvis Álvarez Fonseca, directora jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social da respuesta al lector Leonel Alejandro Suárez Torres, inconforme con las decisiones de su administración por el día de pago del salario de la entidad, y a lo acordado en el Convenio Colectivo de Trabajo.
Al respecto, le informa, que “la Ley 116 de 20 de diciembre del 2013 Código de Trabajo establece en su artículo 181 y siguientes, todo lo relacionado con el Convenio Colectivo de Trabajo, que forma parte de la organización sindical y el empleador.